En este momento estás viendo Conceptos básicos de las herencias

Conceptos básicos de las herencias

  • Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Herencia
  • Comentarios de la entrada:Sin comentarios
  • Tiempo de lectura:8 minutos de lectura

Los conceptos básicos de las herencias se basan en una transmisión. El objeto de dicha transmisión puede basarse en derechos, obligaciones o bienes, los cuales pasan desde su propietario a aquellos individuos que, por testamento o porque así lo dicte la ley, sean considerados como herederos legítimos. Este concepto lo deberemos aplicar en algún momento de nuestra vida. Presentamos un glosario para su mayor entendimiento.

Conceptos más importantes para entender las herencias

En el ámbito jurídico, las herencias están formadas por las transmisiones de un sujeto que ha fallecido a su heredero, ya sea, como hemos dicho, de derechos, de bienes o de obligaciones. No se debe confundir con una donación, la cual se realiza en vida. Para entender su funcionamiento, es fundamental conocer los siguientes conceptos.

:: Testamento

El testamento es el conjunto de disposiciones a través de las cuales se distribuyen los bienes de la persona fallecida. Si no hay un testamento conocido, los bienes se distribuyen según lo que diga la ley. La transmisión puede modificarse por el causante (persona que realiza el testamento) tantas veces como este lo desee. También puede revocarlo. En el caso de que las modificaciones sean muy extensas, es recomendable hacer un nuevo testamento.

:: Testador, testatrix o causante

El testador o la testatrix son las personas que fallecen. Esta persona puede haber realizado o no un testamento. En caso de que no lo haya elaborado, decimos que ha muerto intestado. Esta figura también recibe el nombre de causante.

:: Caudal hereditario

El caudal hereditario es el conjunto de bienes que se distribuyen en las disposiciones hereditarias y que recibirán los herederos.

:: Herederos

Los herederos son las personas a las que se les atribuye el derecho de recibir el legado. Dichas personas pueden ser naturales o jurídicas. Normalmente, son familiares, ya que la ley obliga a que los hijos reciban 2/3 de la herencia forzosamente, salvo supuestos muy concretos. También pueden ser los viudos, los padres, otros parientes cercanos o aquellas personas que el causante deseara. Al viudo o a la viuda, en derecho español, se le llama cónyuge supérstite.

herencia

:: Derecho-habientes

Son aquellas personas a las que la ley les concede ciertos derechos sobre las herencias. Normalmente, los derecho-habientes suelen ser los hijos del causante o el cónyuge no separado legalmente.

:: Legado

El legado es un término que suele utilizarse para nombrar al conjunto de la partición. No obstante, si lo definimos en sentido estricto, es una disposición que se hace a título personal hacia una persona concreta a través del testamento.

:: Albacea

El albacea es una figura dentro de las herencias que hace referencia a la persona que el testador selecciona para que reparta sus bienes entre los herederos según como se disponga en la transmisión.

:: Testador

El testador es la persona que realiza el testamento. Por tanto, se trata del causante o del fallecido que transmite su legado.

:: Fideicomiso

El fideicomiso es una disposición que puede crearse dentro del testamento del causante. Dicha disposición implica un encargo del testador, que desea que el heredero de los bienes los conserve y transmita, bien parte o bien todo, a un tercero en un futuro.

:: Haber hereditario

El haber hereditario tiene un matiz que lo diferencia del concepto ya explicado de caudal hereditario. El haber es el conjunto de bienes que cada heredero va a disfrutar cuando ya se haya llevado a cabo la partición.

:: Herencias vacantes

Se trata de un legado que el heredero o los herederos han rechazado, es decir, repudiado, que es tal y como se dice en derecho español. También se da cuando el causante fallece sin sucesor legítimo ni testamento.

:: Habilitación

Habilitar significa dar la facultad a una persona para que lleve a cabo ciertas funciones o actos jurídicos que, en principio, no le corresponderían. Es decir, es darle a una persona la capacidad de obrar.

:: Herencias aceptadas

Es el nombre que recibe lo heredado una vez que los herederos han manifestado la voluntad de hacer suyo el legado que les corresponde, es decir, que no lo han repudiado.

testamento

:: Heredero aparente

Es una persona que se tiene como heredera en el ámbito público pero que en realidad no lo es, sino que tan solo posee los bienes del causante. No obstante, sus verdaderos propietarios, herederos legítimos, son otros.

:: Heredamiento

El heredamiento solo se da en España dentro de Cataluña, ya que se trata de una sucesión pactada que pertenece a su derecho foral de sucesiones.

:: Herederos abintestato o legítimos

Los herederos legítimos o abintestato son los que reciben la partición cuando no hay testamento, recibiéndola por disposición legal.

:: Legítima

La legítima es un porcentaje del legado de la que el causante no puede disponer debido a que la ley obliga a que vaya a los herederos forzosos o legitimarios. Las legítimas tienen características y cuantías distintas según si se aplica el derecho común o el derecho foral.

:: Heredero forzoso

Heredero forzoso es aquel sucesor que el causante no puede excluir de una parte de la parte que la ley le reserva. A estos también se les llama legitimarios. Hay excepciones en las que se admiten, por ley, casos de desheredación, pero deben realizarse por hechos demostrables.

:: Heredero de confianza

Es aquella persona que recibe todo o parte del legado de la persona fallecida para que aporte sus bienes a terceros de manera confidencial.

:: Herencias indivisas

Las herencias indivisas se dan en esa etapa en la que el heredero o los diversos herederos han aceptado la partición, ya sea de forma tácita o expresa, pero todavía no han repartido entre ellos los bienes que les corresponden. Es común al heredarse una vivienda y en este caso, el legado sigue siendo un total, un conjunto unido de todos los derechos, las deudas, los bienes y las obligaciones del causante. Muchos deciden venderla a una inmobiliaria y repartir su precio.

:: Herencias yacentes

La yacente es aquella que todavía no ha sido repartida porque aún no ha sido aceptada por parte de los herederos que tienen derecho a ella.


En definitiva, la herencia es un concepto de enorme importancia en la vida de las personas y, quizá, lo más importante recaiga no tanto en el causante, sino entre los distintos herederos.

Estos podrán aceptarla, con todos los derechos y obligaciones que conlleve, o rechazarla si no les beneficia.

Si deseas más información referente a los conceptos básicos de las herencias, puedes hacer llegar tú consulta a través del formulario de contacto, por el correo electrónico info@inmobiliariacano.es o a través del teléfono +34 950177116. Estaremos encantados en poder ayudarte.

Deja una respuesta