En este momento estás viendo Custodia compartida: ¿Quién se queda con la vivienda?

Custodia compartida: ¿Quién se queda con la vivienda?

  • Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Divorcio
  • Comentarios de la entrada:Sin comentarios
  • Tiempo de lectura:8 minutos de lectura

Cuando nos enfrentamos una Custodia compartida: ¿Quién se queda con la vivienda?

Es común pensar que se trata de una situación que afecta a dos partes independientes, pero cuando hay niños fruto del matrimonio, la separación no es solo cosa de dos.

En este caso se hace necesario velar por la seguridad y la estabilidad de los menores, por eso, vamos a explicar en qué consiste la custodia compartida y lo importante que es el asesoramiento adecuado para afrontar este proceso.

La custodia compartida

Se trata de una situación legal en la que ambos progenitores comparten la custodia de los menores en condiciones de igualdad. Esto debe ser dictaminado por un juez en la sentencia aplicable a separación o divorcio.

En este tipo de custodia compartida: ¿Quién se queda con la vivienda? 

Todo lo que concierne al desarrollo del menor pasa a ser responsabilidad de ambos padres. 

Deben compartir las decisiones y los gastos correspondientes a la educación, cuidado y convivencia del menor o menores. No está hecha para beneficiar a los padres, sino a los propios menores, para salvaguardar su derecho a disfrutar de ambos.

Otro dato importante que debemos tener en cuenta es que optar por una custodia de este tipo no exime a los progenitores de pasar una manutención cuando las diferencias salariales entre ambos sean desproporcionadas. Siempre con el objetivo de asegurar el bienestar y la igualdad en el acceso a recursos por parte de los hijos, independientemente del progenitor con el que estén.

En cuanto al régimen de visitas, se puede distribuir el tiempo de convivencia en quincenas, meses, periodos escolares y atendiendo también al calendario laboral de los padres. Siempre hay que buscar la forma más cómoda para los menores.

Es importante que sepamos la diferencia entre custodia y patria potestad.

La primera se refiere a la convivencia habitual con los hijos, esta puede ser compartida o monoparental, en este último caso el menor viviría solo con uno de los progenitores de forma permanente y con visitas periódicas por parte del otro.

Por otro lado, con la patria potestad hacemos referencia a la representación del patrimonio de los menores, y lo normal es que ambos padres la tengan y la ejerzan conjuntamente.

¿Qué ocurre con la vivienda familiar tras el divorcio?

En el caso de la custodia compartida, resolver el uso de la vivienda familiar puede resultar un tema conflictivo cuando no haya acuerdo por parte de los progenitores.

Custodia compartida: ¿Quién se queda con la vivienda?

Especialmente, si tenemos en cuenta que no existe ninguna atribución al respecto en nuestro Código Civil.

De momento, son 4 las principales modalidades que podemos encontrar en cuanto a la atribución del inmueble para este tipo de custodia.

1. Atribución del uso de la vivienda familiar a los hijos o ambos progenitores por tiempos alternos

Mediante esta modalidad, el menor siempre vivirá en el domicilio familiar sin tener que trasladarse, lo que favorecerá la estabilidad de este. Por el contrario, serán los padres quienes tendrán que alternar su permanencia en la vivienda según los periodos establecidos en la custodia. Esto implica que ambos padres deberán contar con otra vivienda en la que vivir cuando no estén en el domicilio familiar.

2. Atribución temporal de la vivienda familiar a un único progenitor

Este caso ocurre cuando uno de los dos padres no puede hacerse cargo de otro domicilio que se ajuste a las necesidades de los menores. Debe de asegurarse que cuando los hijos residan con el otro cónyuge disfrutarán de las mismas condiciones y que la otra vivienda es adecuada para las necesidades de este.

Será necesario, por tanto, que uno de los progenitores busque otro domicilio para vivir que cumpla los requisitos para satisfacer las demandas de los hijos.

3. Atribución temporal de la vivienda familiar con carácter privativo al progenitor no titular

Este un caso particular que se da cuando el progenitor no titular de la residencia resulta ser el más necesitado de protección. Tiene como objetivo facilitar la custodia compartida en la misma ciudad y supone que el titular del inmueble deberá buscar otro en la misma ciudad para vivir, o que esté cerca.

4. Atribución temporal de la vivienda familiar con carácter privativo al progenitor titular

En esta situación se persigue proteger y respetar el derecho de la propiedad al progenitor titular de la vivienda. Será el titular del domicilio familiar común el que se quede habitando este inmueble, siempre que el progenitor no titular pueda conseguir otro domicilio adecuado para los periodos de convivencia con los hijos.

En las situaciones en las que la vivienda familiar pertenece a un tercero, sea este un familiar o amigo de alguno de los progenitores, la recomendación es no hacer uso de atribución de este domicilio a ninguno de los padres. De modo que ambos deberán un nuevo hogar para la convivencia con sus hijos durante sus respectivos periodos de custodia.

¿Por qué recurrir a una inmobiliaria?

A la hora de afrontar la atribución de la residencia familiar en un caso de custodia compartida nos damos cuenta de la necesidad de buscar un nuevo inmueble donde vivir, ante cualquiera de las posibles situaciones que puedan darse tras la resolución del juez.

Buscar el asesoramiento de una inmobiliaria es la mejor opción en estos casos, pues el proceso de separación puede resultar bastante estresante y desalentador en la mayoría de los casos. Además de que solemos encontrarnos ante una situación totalmente nueva y que puede parecernos injusta y caótica.

Las inmobiliarias especializadas en familias y casos de separación conocemos de antemano las diversas situaciones que se derivan de un proceso de custodia compartida. De modo que podemos informar de cuáles son las mejores opciones a las que se puede acceder para afrontar la atribución de la vivienda familiar que corresponda.

Será conveniente recurrir a una inmobiliaria, ya sea para buscar una segunda residencia en caso de que haya sido asignada la casa familiar para el uso común de los padres, o bien para encontrar un inmueble adecuado en el que convivir con los hijos en caso de que no nos corresponda vivir en el hogar familiar común. Sea cual sea el resultado de la custodia tras el divorcio, no debemos olvidar que es importante saber que hay que contar con la ayuda profesional de agentes inmobiliarios especialistas en la materia.

Si deseas más información, nos ofrecemos a asesorarte de forma personalizada. Puedes hacer llegar tu consulta a través del formulario de contacto, por el correo electrónico info@inmobiliariacano.es o a través del teléfono +34 950177116. Estaremos encantados en poder ayudarte.

Deja una respuesta