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El domicilio familiar y los hijos mayores

En un divorcio, decidir cuál de los hijos mayores se quedan con el domicilio familiar es uno de los motivos de enfrentamiento más recurrente entre ambas partes.

La ley es muy clara en estos aspectos referente a domicilio familiar y los hijos cuando cumplen la mayoría de edad

¿Qué ocurre cuando estos alcanzan la mayoría de edad?

El derecho a la vivienda del padre custodio:

La custodia de los hijos menores tras un divorcio va a marcar casi todos los derechos y obligaciones con respecto a los bienes de la pareja, afectando, sobre todo, a la situación inmobiliaria.

En cuanto al domicilio familiar y los hijos mayores, los padres tendrán que volver a decidir si la vivienda continúa, durante un tiempo determinado, siempre por un tiempo determinado y atendiendo a un interés de protección del hijo.

¿Qué ocurre con el domicilio familiar cuando los hijos cumplen la mayoría de edad?

La mujer se queda con la custodia y, por tanto, con la vivienda familiar, hasta que los hijos alcanzan la mayoría de edad.

A partir de entonces, ambos cónyuges tienen que volver a los tribunales para decidir quién disfruta la casa.

Existe jurisprudencia donde se afirma que el juez otorga el disfrute de la casa a la parte custodiante, hasta que los hijos mayores de edad tengan independencia económica.

Este periodo puede comprender el tiempo de universidad o de estudios superiores de estos, más un plazo lógico para que se introduzcan en el mercado laboral.

Excepciones al uso de la vivienda con mayores de edad
Agencia Inmobiliaria Cano. Excepciones al uso de la vivienda con mayores de edad

Excepciones al uso de la vivienda con mayores de edad

Pero, existen varias excepciones que dejan inhabilitada la aplicación de la anterior norma:

1. Que la vivienda no sea familiar o haya perdido este carácter.

La calificación de «familiar» de una vivienda viene atribuida porque se hace un uso familiar de ella.

Si no ha servido para los fines del matrimonio, este vínculo queda deshecho y, por tanto, el carácter de «familiar».

2.Que los hijos tengan otras alternativas y no necesiten esa vivienda

Aunque no hayan alcanzado la independencia económica, los descendientes de la ex pareja pueden encontrar otra casa donde vivir 

3. El uso de la vivienda habitual se anula cuando entra a convivir en ella una nueva pareja sentimental:

Tras un divorcio, se establece que el disfrute de la vivienda familiar recaiga en la hija menor de edad y la ex esposa.

Después de un tiempo, el ex marido presenta una demanda para anular esta medida ya que su ex había llevado a su nueva pareja a vivir en el domicilio.

Sin embargo, el juez de Primera Instancia consideró que este hecho no podía extinguir el derecho del disfrute exclusivo de la casa, por parte de su hija y de su ex mujer.

El derecho de uso de la vivienda familiar existe y deja de existir en función de las circunstancias que concurren en el caso.

Se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar.

La vivienda sobre la que se establece el uso no es otra que aquella en que la familia haya convivido como tal, con una voluntad de permanencia.

La introducción de una tercera persona hace perder a la vivienda su antigua naturaleza por servir en su uso a una familia distinta y diferente.

Hay excepciones a esta ley, como hemos visto, como el hecho de que la vivienda pierda su carácter de familiar.

Para más información, nos ofrecemos a asesorarte de forma personalizada.

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