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¿Qué es la descalificación de una VPO y qué te permite?

La descalificación de una VPO en los contratos de compra de una Vivienda de Protección Oficial (VPO) tienen ciertos requisitos y limitaciones destinadas a proteger la certificación de VPO de dicho inmueble, entre ellas, que debe destinarse a ser la vivienda habitual.

¿Qué sucede entonces si queremos venderla o alquilarla?

Ciertamente existe la posibilidad de descalificarla, bajo ciertas condiciones.

A continuación, explicaremos en qué casos es posible.

Características de las VPO

Para comprender mejor cuáles son las limitaciones y las posibilidades para descalificar estas viviendas, veamos primero sus características más importantes.

  • Las VPO están destinadas a garantizar el acceso a un hogar digno para personas con pocos recursos y necesidades especiales.
  • Están subvencionadas por alguna de las Administraciones Públicas (ya sea a nivel nacional, de las comunidades autónomas, municipal…).
  • Deben constituir la vivienda habitual.
  • Generalmente, estas viviendas no superan los 90 m2, aunque si están destinadas a personas con necesidades especiales (como movilidad reducida) pueden tener superficies mayores.

Cómo vender o alquilar sin descalificarla

 No siempre es necesario descalificar una vivienda protegida para vender o alquilarla, ya que:

  • Las condiciones de la VPO solo se mantienen durante 30 años. Después será como cualquier otra vivienda.
  • Antes de transcurrir este plazo, es posible venderla, pero su precio no podrá superar cierta cuantía, que viene fijada por ley y depende de la ubicación. Además, estará sujeta a los derechos de tanteo y retracto.
  • Para venderla, es necesario pedir autorización de venta a la Administración competente y la persona que la compre debe cumplir los requisitos establecidos para acceso a VPO.
  • Pueden heredarse, pero los herederos deberán conservar las condiciones iniciales de la VPO.

La descalificación de las VPO

La legislación para la descalificación puede consultarse en el Decreto 149/2006, modificado por el Decreto 161/2018 y se desarrollan determinadas disposiciones de la Ley 13/2005

Si la viviendas fue calificada antes de entrar en vigor el Decreto 149/2006, se aplicará su disposición transitoria segunda.

Condiciones para la descalificación de una VPO en Andalucía

En esta normativa podemos encontrar que las condiciones para descalificar una vivienda son:

  • Que haya transcurrido el plazo que establece su programa de acogida, generalmente de 10 años desde la calificación.  Aún así existen excepciones.
  • Que haya sido la vivienda habitual durante al menos 5 años antes de rellenar la solicitud de descalificación.
  • Que la procedencia de los suelos donde esté ubicada no impida su descalificación.
  • La descalificación no debe causar perjuicios a terceros.
  • Aportar la documentación necesaria, que detallamos a continuación.

Agencia Cano Inmobiliaria

Documentación necesaria para descalificar una VPO en Andalucía

Si se cumplen las condiciones anteriores, se puede solicitar la descalificación de la vivienda.

Cuando el solicitante es el primer propietario de la VPO deberá presentar el certificado del Ayuntamiento sobre las ayudas que recibió.

Tener en cuenta que todas estas ayudas deberán ser devueltas en el caso de aceptarse la solicitud de descalificación.

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¿Dónde presentar la documentación?

En Andalucía, normalmente estos trámites se efectúan presencialmente en la Conserjería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

Sin embargo, también es posible entregar la documentación en:

  • Otros registros de los órganos de la Junta de Andalucía.
  • Los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado.
  • Los registros del Ayuntamiento si éste ha suscrito el oportuno convenio.
  • Las oficinas de Correos.
  • En el caso de encontrarse en otro país, las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Una vez efectuados los trámites y aceptada la solicitud, solo quedará devolver las ayudas a la Administración que las haya concedido y ya se podrá vender o alquiler la vivienda de protección oficial como cualquier otra, de forma particular o a través de una inmobiliaria.

Para más información, nos ofrecemos a asesorarte de forma personalizada. Puedes hacer llegar tu consulta a través del formulario de contacto, por el correo electrónico info@inmobiliariacano.es o a través del teléfono +34 950177116 Estaremos encantados en poder ayudarte.

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