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Préstamo entre familiares contemplado ley

El préstamo entre familiares contemplado ley cuando queremos comprar una casa y no tenemos disponible el dinero de la entrada o nos queda poco para que el banco nos conceda la hipoteca, el préstamo de un familiar puede ser una buena opción.

Sin embargo, es conveniente conocer primero todas las condiciones y los detalles para evitar que, al final, este tipo de préstamo nos salga caro.

Lo primero que podemos pensar es que existe la opción de hacer este préstamo en mano, algo muy sencillo y que nos evitaría problemas o pagos a Hacienda.

Descartamos considerarlo como una donación, ya que los intereses podrían alcanzar los varios miles de euros.

Sin embargo, no recomendamos hacer este préstamo en mano para cantidades tan elevadas. 

No solamente puede haber desacuerdos entre familiares, sino que si alguna de las partes necesitara demostrar la procedencia del dinero (en el caso del prestatario) o el pago (en el caso del prestador), podrían aparecer graves problemas legales.

Cómo hacer un préstamo entre familiares con 0 % de interés

Para esto necesitaremos hacer un contrato de préstamo entre particulares. Con este contrato cualquier familiar puede prestar dinero a otro, no importa si es padre, hijo, hermano o es un grado mayor de parentesco.

Al ser «entre particulares», hemos de entender que también podemos hacerlo con amigos o conocidos de confianza.

Este tipo de contrato está incluido en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en el apartado de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO). En el artículo 7º 1 B de la ley se especifica que los préstamos entre familiares se consideran transmisiones patrimoniales entre familiares y también se rigen por esta ley.

No obstante, en el artículo 45.1 B, apartado 15 de dicha ley, encontramos que los préstamos estarán exentos del pago de impuestos independientemente de cómo se lleven a cabo.

Cómo hacer el préstamo correctamente

Para hacer el préstamo correctamente, es necesario hacer lo siguiente:

1. Rellenar y presentar el modelo 600 a la Agencia Tributaria. Es obligatorio presentarlo, pero es posible también marcar la casilla correspondiente, si se está exento.

2. Redactar un contrato de préstamo entre particulares, necesario para formalizar el préstamo. En Internet existen numerosos modelos que se pueden copiar. Recomendamos recurrir a una fuente fiel, y leer varios para encontrar el que prefiramos.

Este contrato consiste en un negocio bilateral en el que las dos partes se comprometen voluntariamente a cumplirlo, por el que uno de los familiares deja un dinero y el otro se compromete a devolverlo.

En el contrato debe incluirse una serie de cláusulas fundamentales: por ejemplo, la fecha en la que se lleva a cabo, las partes integrantes del contrato (prestador y prestatario) y la fecha en la que se tiene pensado que será devuelto el dinero.

También hay que especificar el medio de pago y el tipo y cantidad de intereses. 

Si no se van a cobrar intereses, es muy importante indicarlo en el contrato, ya que de lo contrario se entenderá que sí se cobran.

El contrato de préstamo debe presentarse en la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma en la que resida la persona que va a recibir el dinero.

3. Transferir el dinero. Como hemos recomendado dejar pruebas que verifiquen la legalidad del préstamo, lo mejor es hacerlo también por el banco. No es necesario guardar un resguardo, ya que en el banco dispondremos del registro de la transferencia. Lo mejor es hacerlo mediante transferencia bancaria, cheque nominativo o cualquier método que nos permita demostrar ante Hacienda que se ha transferido el dinero.

4. También es importante devolver el dinero de manera que se pueda demostrar ante Hacienda que así se ha hecho, es decir, lo mejor es hacerlo igualmente por transferencia bancaria, cheque nominativo u otro medio que demuestre la transferencia. Así, Hacienda podrá ver que la cantidad prestada ha sido devuelta y no creerá que se trata de una donación encubierta, por lo cual obligaría a cobrar el Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones.

Ventajas e inconvenientes de los préstamos entre familiares

Con lo mencionado hasta ahora, ya se pueden adivinar las ventajas y desventajas de este préstamo.

Ventajas

 No hay interés. Como hemos visto, los pasos para conseguir que el préstamo sin interés sea legal son muy fáciles.

– No es necesario cumplir unas ciertas condiciones como para los bancos. Las entidades bancarias posiblemente pidan un historial crediticio, aval, ingresos por el trabajo, etc. Los créditos en familia solo se basan en la confianza depositada en la persona.

– Las condiciones de devolución son flexibles: hay que señalar el plazo en el contrato, pero no hay normas establecidas sobre cuál debe ser. Solo es necesario tenerlo claro en el momento de la redacción.

Inconvenientes

– Impacto en la relación personal: es posible que la persona que presta el dinero lo reproche de alguna manera, o que quien lo reciba se sienta avergonzado o con una obligación intensa de devolverlo antes de tiempo. Todo depende del carácter de las dos partes. Puede provocar también algún comentario sobre el modo de vida de la persona que recibe el dinero como: «¿Así que te fuiste de viaje?» o «¿Y tienes dinero para una moto nueva?»

 Puede destrozar una buena relación: sería un caso extremo de lo anterior. La acumulación de reproches o cambios en la manera de actuar con la otra persona puede acabar con toda una buena relación. Por eso, hay que pensar bien en quién escogemos para el préstamo.

– Puede dañar la relación de una pareja: si el préstamo lo ha hecho un familiar de uno de los miembros de la pareja, puede causar reproches de una o las dos partes. Lo ideal es hablarlo bien antes, o hacer dos préstamos, uno de cada una de las familias.

Por eso, desde la inmobiliaria recomendamos que lo mejor es siempre que el préstamo lo haga un familiar con el que hay buena relación, existan muchos otros lazos y más fuertes que el préstamo y que sepamos que confía en nosotros. Por otro lado, también es importante tratar de devolverlo lo antes posible, incluso antes del plazo que indica el contrato.

Si deseas más información, nos ofrecemos a asesorarte de forma personalizada. Puedes hacer llegar tu consulta a través del formulario de contacto, por el correo electrónico info@inmobiliariacano.es o a través del teléfono +34 950177116 Estaremos encantados en poder ayudarte.

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